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Condenan a Patri a 6 meses de multa por un delito de multa y otro de resistencia

Publicado por Legal Sol el 31 de marzo de 2016

El pasado 10 de marzo se celebró el juicio contra Patri T, quien participó en una sentada pacífica en 2011 para tratar de parar un desahucio en el barrio de Manoteras perteneciente al distrito de Hortaleza de Madrid. Se enfrentaba a una petición de 3 años de prisión y 8.900.-€ de indemnización por un delito de lesiones y otro de atentado contra agente de la autoridad.

La acusación se basaba en las manifestaciones de los funcionarios de policía que sostenían que al ser levantada Patricia dio dos patadas a un agente haciéndole caer al suelo motivo por el cual este se fracturó el codo. Patricia siempre ha reconocido que participó en la sentada, pero en todo momento ha negado los hechos que se le imputan y que ningún funcionario se cayera al suelo. De hecho, y a pesar del gran número de medios de comunicación nacionales e internacionales presentes el día del desahucio ninguno tiene constancia ni existen imágenes de que se produjera caída alguna, mucho menos de algún tipo de agresión a los agentes actuantes.

Pues bien, en la sentencia que se acaba de dictar, Patri ha sido condenada por el delito de lesiones a 3 meses y 1 día de multa por un lado, y por un delito de resistencia (que no de atentado contra agente de la autoridad como pedían el Fiscal y la acusación) a 3 meses y 1 día de multa. La indemnización al agente denunciante se ha reducido hasta los 5.721-€.

En el juicio se denegó a la defensa la posibilidad de reproducir un vídeo que obraba en la causa, y en el que se puede ver como el agente siguió actuando con total normalidad tras el desalojo de Patri, lo que contradice lo declarado por él mismo, quien siempre ha afirmado que tras la patada sufrió un fuerte dolor y que no pudo volver a actuar. Incluso tras el visionado del vídeo que sí se realizó en Instrucción, el propio Policía se reconoció en las imágenes.

Asimismo, la sentencia dota de mayor credibilidad a los testigos de la acusación (todos agentes del cuerpo de Policía Municipal de Madrid) que a los de la defensa, a pesar de que uno de los testigos por esta aportados y que se encontraba junto a Patri declaró que en ningún momento vió caer a ninguno de los agentes, y otra testigo, pareja del anterior y que por lo tanto estaba pendiente de lo que ocurría en esa zona, vio en todo momento a los funcionarios de policía de espaldas sin que ninguno se cayera de espaldas al suelo.

Por último, la sentencia recoge algo que se ha venido denunciando a lo largo de estos cuatro años de espera y que, lamentablemente, es habitual en este tipo de casos: una dilaciones indebidas de un año y 11 meses que, más allá de lo estrictamente jurídico, suponen para los acusados un pena añadida.

Con todo, nos alegramos que con esta Sentencia se haya acabado la amenaza que pesaba sobre Patri de ingresar en prisión pero también creemos que es una Sentencia injusta, que condena a una persona inocente a la que no se le ha permitido utilizar todos los medios de prueba que tenía a su disposición y cuya presunción de inocencia se ha visto enervada por la mera declaración de los funcionarios de policía.

Es por ello que recurriremos la Sentencia y agotaremos todas las opciones a nuestro alcance para conseguir el único resultado que consideramos justo: la total absolución de Patri con respecto a la agresión por la que se le condena.

Sentencia Patri

“Sólo la lucha hace Justicia”

Comisión Legal Sol

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